Por: Christian García Díaz-Pavón
En plena
celebración del Año Jubilar herenciano han aparecido en dos de los
principales Inmuebles de la parroquia de Herencia diferentes "graffiti"
de contenido político si es que así se les puede denominar que,
independientemente de su significado no guardan relación con lo que
viene siendo la labor social y espiritual de la Madre Iglesia Católica. Suponen
desde un punto de vista democrático la vulneración de principios tan
elementales y esenciales de cada individuo de la sociedad como son los
Derechos Fundamentales consagrados por el Texto Supremo del 1978.
Derechos que
sin duda se exigen en un Estado Social y Democrático de derecho y que
tanto la Iglesia como como la actividad de ordenación y limitación de la
Administración Pública y aún más si cabe el legislador se empeñan en
consagrar al ser éstos intrínsecos de cada español.
Verdaderamente se trata de poner en peligro el binomio libertad-seguridad, lo precisaría más libertad-garantías-seguridad. Dónde queda la Libertad religiosa y de culto del artículo 17 CE cuando
se atenta contra los bienes de la entidad que nos representa, bienes
que son dominio de la Iglesia desde tiempo inmemorial y que más aún en
este año que celebramos los 300 años de su inauguración insultan su
nombre escribiendo en su paredes.
Dónde queda el derecho al honor y a la propia imagen
cuando se estampan rubricas peyorativas a un colectivo como es el de
los cristianos creyentes de un pueblo en el que la mayoría de la
población se nombra cristiana. No cabe duda que la seguridad ciudadana
es una relevante exigencia jurídica que, como tal y como protección de
la estructura social tiene que ser reconocida en el ámbito del derecho,
como lo hace la propia Constitución Española, que le otorga un carácter
de bien jurídico protegido para su concreción protectora por los
diversos sectores del ordenamiento jurídico.
Podríamos
sin embargo aludir a que tal alcance obviamente no es absoluto sino que
tiene que estar equilibrado con otros bienes e intereses sociales, con
derechos y libertades proclamados por el propio texto constitucional. El
reconocido principio de interpretación unitaria de la Constitución
precisa de una interpretación equilibrada de respeto a aquellos derechos
y de soluciones ponderadas en caso de posibles conflictos
competenciales entre sí. Cabría pues ponderar la igualdad del art. 14 y
la libertad del 16 con el derecho de expresión del artículo 20 y el 17
del citado texto jurídico. Nadie pretende excluir el derecho a expresar y
difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la
palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción a los autores
de este graffiti, pero es inaudito que este derecho soslaye el mismo
derecho que tienen los católicos a expresar en sus paredes sus ideas y
creencias poniendo en peligro el derecho de igualdad. Destacando que no
es el método más idóneo el utilizado ni el medio adecuado. Se presenta
pues desubicada esta pintura, quedando patente y predominando la protección
de susodichos derechos y libertades y los daños o deslucimiento de
inmuebles que pertenecen a la Iglesia Católica en Herencia y a su
población.
Si
bien, no puede hablarse de bien demanial al ser bienes pertenecientes a
la Iglesia, pero no niega esto su tráfico público, la utilidad de
dichos inmuebles por los habitantes de Herencia hace que se encuentren
afectados al uso general y es por consiguiente una falta de respeto a
dichos inmuebles, conllevando colateralmente la falta de respeto a los
creyentes. A título personal considerando tales inmuebles de la Iglesia
de la misma magnitud y relevancia que un bien demanial, establecería el
mismo grado inalienable con los bienes de la Iglesia, al ser de igual
forma estos bienes propios de cada herenciano.
Pero
esto no supone únicamente la vulneración de estos derechos sino que
además queda sucinta la degradación del patrimonio en Herencia y es
reflejo de una carente formación y amor propio a la Historia de nuestra
villa. Si el principal templo artístico y patrimonial en la localidad se
ve humillado de esta forma poco queda de esperar en la formación
cultural del autor de dicho escrito.
Es
denigrante que en pleno siglo XXI se atente así contra estos derechos
fundamentales, contra el patrimonio de un pueblo y contra la Integridad
de unos creyentes. La libertad que consagramos como principio de nuestra Sociedad comienza con el respeto de los demás.